8. Reunión del Consejo Presbiteral, 24 de enero de 1989

1.      Mons. TAL toma el petitorio que hiciera el Consejo Presbiteral al Obispo en su reunión del mes anterior respecto de la situación del Padre E.N. CUESTIÓN, suspendido el 10.12.88. Aclara  que la impugnación presentada por el sacerdote, según el Derecho de la Iglesia, determina que se suspenda momentáneamente la aplicación de decreto de suspensión en el ejercicio del ministerio sacerdotal. A continuación lee el Decreto 2/88 de suspensión del P. E.N. CUSTIÓN como Párroco de la Parroquia SANTA PACIENCIA, de PACIENTE, de fecha 26.12.88, y comenta los pormenores de la entrega del mismo, el día 28.12.88.

Luego del relato de otros encuentros entre el Obispo y el Padre E.N. CUESTIÓN, se lee la correspondencia que éste envió a cada uno de los miembros del Consejo Presbiteral, en la que manifiesta su desacuerdo con el petitorio dirigido al Obispo, en el que se pide que "le exima de toda responsabilidad pastoral" en la Diócesis, debido a que sus condiciones físicas y anímicas no son las mejores. El consejo rechaza por unanimidad las apreciaciones del Padre E.N., y aclara que esa evolución se basó en el testimonio personal que él mismo brindó en esos días a los medios de comunicación y al mismo Consejo Presbiteral, especialmente sobre su estado físico que le obligó a concurrir a un médico.

Se consideran varios temas: sobre la necesidad de contestar o no esa carta del Padre E.N., o de hacerlo personalmente, ya que fue dirigida a cada uno de los miembros y no al Consejo Presbiteral, como la vez anterior. También el Consejo Presbiteral ve que es necesario reiterarle lo aconsejado en la reunión anterior, en el sentido de hacerle ver la necesidad "de buscar el tiempo y los espacios necesarios para su recuperación, donde el alejamiento de personas y de ámbitos le posibiliten la misma". También se le recomendará que, dado el escándalo producido en la Diócesis, trate de rehacer su tarea pastoral como sacerdote en otra Diócesis de Argentina, o de otro país, al menos durante un tiempo prolongado, comprometiéndonos junto con el Obispo a ayudarle a buscar y a encontrar el lugar y el ambiente más apropiados para su recuperación.

El P. E.L. SECRETARIO relata una conversación que tuvo con el Padre E.N. CUESTIÓN, en el año 1983, en la que de un modo fraterno le planteó claramente la necesidad de resolver su situación, ya conocida en aquel entonces. El P. SECRETARIO entregó a todos los miembros del Consejo Presbiteral un texto de San Agustín, tomado de la Liturgia de las Horas, que sirvió para ilustrar al P. E.N. la necesidad de ser pastores íntegros al servicio de las ovejas confiadas a nosotros. El texto patrísticos de la Liturgia de las Horas se adjunta a la presente acta [LH Tomo III, págs. 470s].

El Padre PBRO12 relata pormenores de un viaje que realizó con el Padre E.N. CUESTIÓN, acompañado de M1, para asistir a un Encuentro Nacional, señalando su extrañeza por algunos comportamientos.

2.      El Obispo Diocesano pasa a referirse a la Parroquia SANTA PACIENCIA, de PACIENTE, encomendada al clero diocesano, y plantea la necesidad de que el Padre E.N. CUESTIÓN cese definitivamente como Párroco de esa Parroquia, en virtud del canon 1740 que señala: "Cuando, por cualquier causa, aun sin culpa grave del interesado, el ministerio de un párroco resulta perjudicial o al menos ineficaz, éste puede ser removido de su parroquia por el Obispo diocesano", y que a los efectos de este, procedimiento, por el momento basta con tomar en cuenta solamente la causa señalada en el canon 1714 § 1: "Las causas por las que un párroco puede ser legítimamente removido son principalmente las siguientes: 1º un modo de actuar que produzca grave detrimento o perturbación a la comunión eclesiástica". Esta propuesta es aprobada por unanimidad por parte de todos los miembros del Consejo Presbiteral, en el que se encuentran los dos párrocos señalados por el canon 1742 § 1, los Pbros. PBRO3 y PBRO4. El Obispo se compromete a continuar los pasos canónicos necesarios.

E.L. SECRETARIO

Secretario del Consejo Presbiteral